¿Por qué nuestros productos PT3 no aparecen en el listado del Ministerio de Agricultura?

¿Por qué nuestros productos PT3 no aparecen en el listado del Ministerio de Agricultura?

En 4Mediks recibimos con frecuencia una pregunta muy concreta por parte de clientes, distribuidores y profesionales del sector veterinario:

La respuesta es sencilla, completamente legal y está respaldada por la propia Administración.

La comercialización y uso de los biocidas en la Unión Europea está regulada por el Reglamento (UE) nº 528/2012, conocido como BPR (Biocidal Products Regulation). Este reglamento establece los tipos de producto, entre ellos el PT3, correspondiente a los biocidas para higiene veterinaria

Antes del BPR, en España existía un sistema de registros fragmentado, donde distintos ministerios eran competentes según el tipo de producto. En el caso de los biocidas PT3, la autoridad competente era tradicionalmente el Ministerio de Agricultura.

Con la entrada en vigor del BPR, este sistema ha ido evolucionando hacia un registro unificado, gestionado por el Ministerio de Sanidad, a través del Registro Oficial de Biocidas.

Aquí está la clave que explica por qué algunos productos aparecen en un listado y otros no.

Mientras una sustancia activa está incluida en el programa europeo de revisión, los Estados miembros pueden seguir aplicando sus normas nacionales. En España, esto significa que los biocidas PT3 podían estar registrados y gestionados por el Ministerio de Agricultura

Sin embargo:

👉 Cuando la sustancia activa es evaluada y aprobada a nivel europeo, el producto debe solicitar su autorización conforme al BPR.
👉 En ese momento, la competencia regulatoria pasa al Ministerio de Sanidad.
👉 Una vez autorizado bajo el BPR, el único registro válido es el Registro Oficial de Biocidas del Ministerio de Sanidad.

Precisamente por este motivo:

✔️ Nuestros productos PT3 siguen el marco regulatorio europeo actual.
✔️ Están gestionados conforme al Reglamento (UE) 528/2012.
✔️ Su autorización y control corresponde al Ministerio de Sanidad, no al de Agricultura.

Por tanto, no deben aparecer en el listado de desinfectantes del Ministerio de Agricultura, ya que ese listado corresponde a un marco regulatorio anterior o transitorio.

El propio Ministerio de Sanidad aclara que:

No se emiten certificados adicionales más allá de la resolución administrativa de autorización.

Dicha resolución es el documento oficial que acredita que el producto ha sido evaluado, autorizado y puede comercializarse legalmente bajo unas condiciones de uso concretas

En otras palabras:

👉 La ausencia en el listado del Ministerio de Agricultura no implica falta de autorización ni irregularidad alguna.
👉 Al contrario, indica que el producto está alineado con el sistema regulatorio europeo vigente.

En 4Mediks apostamos por:

👉Cumplir estrictamente con la legislación europea.

👉Anticiparnos a los cambios regulatorios.

👉Ofrecer productos seguros, eficaces y plenamente autorizados.

La gama PT3 (VetSanix, PorkSanix, Avesanix…) es un claro ejemplo de este compromiso con la transparencia, la seguridad jurídica y la salud animal.

Si tienes cualquier duda adicional sobre la regulación de nuestros productos o necesitas documentación específica, nuestro equipo estará encantado de ayudarte.

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